Servicios sociales e inclusión social
Resulta difícil ofrecer un balance del conjunto de actuaciones de los servicios sociales en 2021, debido al retraso y las carencias de las estadísticas sobre el sistema. Uno de los principales interrogantes se refiere a cómo está operando la complementariedad entre el IMV y las rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas, como principal programa dirigido a la inclusión social en este ámbito. La falta de actualización y las distintas fuentes de información de ambos tipos de ayuda dificultan de momento, conocer ese extremo a ciencia cierta.
En coherencia con el impacto de la crisis, el total de hogares beneficiarios de las rentas mínimas se incrementó considerablemente durante 2020. Según FOESSA128, algunas comunidades autónomas han
modificado o adaptado sus disposiciones para ampliar la cobertura o el nivel de la prestación y facilitar el acceso a las rentas mínimas o a nuevas medidas de carácter excepcional, en respuesta al fuerte aumento de la demanda registrado especialmente durante los primeros meses de pandemia.
Durante ese año aumentó considerablemente el número de beneficiarios, llegando a alcanzar los 800.000, en un contexto de aumento de las necesidades de los hogares que ya eran perceptores, pero sobre todo, de la incorporación de hogares sin acceso a otras prestaciones de desempleo.
Pese a todo, las cuantías garantizadas por el IMV superan en muchos casos las ofrecidas por las rentas autonómicas, por lo que según FOESSA es previsible que se produzca un desplazamiento de buena parte de los perceptores de RMI al nuevo programa estatal. Además, la falta de homogeneidad en los requisitos129 (edad o tiempo de residencia), de la diversidad de definiciones de unidad de convivencia, las cuantías según la estructura del hogar, las condicionalidades y, especialmente, el diferente horizonte temporal de la definición de insuficiencia de ingresos, siguen generando discontinuidad protectora entre ambas prestaciones. En 2020 la cuantía media alcanzó los 470 euros mensuales, registrándose importantes diferencias entre las distintas comunidades autónomas.
Entre las situaciones de necesidad social más graves, destaca la de las personas solicitantes de protección internacional que en 2021 descendieron hasta 65.404, por segundo año consecutivo, debido a las
restricciones de entrada impuestas por la pandemia. España duplicó ese año la proporción de solicitudes aceptadas (el 10,5 por 100 frente al 5 por 100 en 2020), aún por debajo de la media europea (35 por 100). Agilizar las resoluciones garantizando al mismo tiempo el análisis individualizado seguía siendo un reto para la Oficina de Asilo en 2021, volviendo
a aumentar las solicitudes pendientes de resolución (gráfico 36).
Tras la invasión de Ucrania en febrero de 2022, 36.168 personas habían recibido protección internacional en España hasta el 5 de abril, en aplicación del sistema exprés implantado en toda la Unión Europea, aunque se estima que el volumen de llegadas ha sido mayor. La presión sobre un sistema nacional de acogida que ya adolecía de importantes limitaciones130 (9.915 plazas de titularidad pública a finales de 2021) y cuya mejora estaba ya comprometida en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y en el PRTR, ha acelerado la aprobación del desarrollo de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, Reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria131. La nueva norma desarrolla los contenidos del itinerario del sistema de acogida, la tipología de recursos y las características del nuevo modelo de colaboración con entidades sin ánimo de lucro y de financiación de la acción con ellas concertada.
128. FOESSA, Informe 2022.
130. Defensor del Pueblo, Estudio «La migración en Canarias», Madrid, 2021.
131. Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional.
Servicios sociales e inclusión social
Resulta difícil ofrecer un balance del conjunto de actuaciones de los servicios sociales en 2021, debido al retraso y las carencias de las estadísticas sobre el sistema. Uno de los principales interrogantes se refiere a cómo está operando la complementariedad entre el IMV y las rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas, como principal programa dirigido a la inclusión social en este ámbito. La falta de actualización y las distintas fuentes de información de ambos tipos de ayuda dificultan de momento, conocer ese extremo a ciencia cierta.
En coherencia con el impacto de la crisis, el total de hogares beneficiarios de las rentas mínimas se incrementó considerablemente durante 2020. Según FOESSA128, algunas comunidades autónomas hanmodificado o adaptado sus disposiciones para ampliar la cobertura o el nivel de la prestación y facilitar el acceso a las rentas mínimas o a nuevas medidas de carácter excepcional, en respuesta al fuerte aumento de la demanda registrado especialmente durante los primeros meses de pandemia.
Durante ese año aumentó considerablemente el número de beneficiarios, llegando a alcanzar los 800.000, en un contexto de aumento de las necesidades de los hogares que ya eran perceptores, pero sobre todo, de la incorporación de hogares sin acceso a otras prestaciones de desempleo.
Pese a todo, las cuantías garantizadas por el IMV superan en muchos casos las ofrecidas por las rentas autonómicas, por lo que según FOESSA es previsible que se produzca un desplazamiento de buena parte de los perceptores de RMI al nuevo programa estatal. Además, la falta de homogeneidad en los requisitos129 (edad o tiempo de residencia), de la diversidad de definiciones de unidad de convivencia, las cuantías según la estructura del hogar, las condicionalidades y, especialmente, el diferente horizonte temporal de la definición de insuficiencia de ingresos, siguen generando discontinuidad protectora entre ambas prestaciones. En 2020 la cuantía media alcanzó los 470 euros mensuales, registrándose importantes diferencias entre las distintas comunidades autónomas.
Entre las situaciones de necesidad social más graves, destaca la de las personas solicitantes de protección internacional que en 2021 descendieron hasta 65.404, por segundo año consecutivo, debido a las restricciones de entrada impuestas por la pandemia. España duplicó ese año la proporción de solicitudes aceptadas (el 10,5 por 100 frente al 5 por 100 en 2020), aún por debajo de la media europea (35 por 100). Agilizar las resoluciones garantizando al mismo tiempo el análisis individualizado seguía siendo un reto para la Oficina de Asilo en 2021, volviendo a aumentar las solicitudes pendientes de resolución (gráfico 36).
Tras la invasión de Ucrania en febrero de 2022, 36.168 personas habían recibido protección internacional en España hasta el 5 de abril, en aplicación del sistema exprés implantado en toda la Unión Europea, aunque se estima que el volumen de llegadas ha sido mayor. La presión sobre un sistema nacional de acogida que ya adolecía de importantes limitaciones130 (9.915 plazas de titularidad pública a finales de 2021) y cuya mejora estaba ya comprometida en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y en el PRTR, ha acelerado la aprobación del desarrollo de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, Reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria131. La nueva norma desarrolla los contenidos del itinerario del sistema de acogida, la tipología de recursos y las características del nuevo modelo de colaboración con entidades sin ánimo de lucro y de financiación de la acción con ellas concertada.
128. FOESSA, Informe 2022.
130. Defensor del Pueblo, Estudio «La migración en Canarias», Madrid, 2021.
131. Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional.